Novedades importantes para autónomos
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En España hay una media de tres millones de autónomos inscritos en la Seguridad Social. El año 2018 ha empezado con importantes reformas para todos ellos con la Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo (consultar aquí)
Os hacemos un resumen de lo más importante:
Bonificaciones en la cuota de autónomos
Para nuevos autónomos, con entrada en vigor en enero de 2018:
- La tarifa plana a partir de ahora será de 24 meses, para nuevos autónomoscon los siguientes tramos: 12 meses a 50 euros, 6 con una reducción del 50% de cuota (137,97 euros) y otros 6 con una reducción del 30% (cuota de 192,79 euros).
- Para acceder a la tarifa plana, menos requisitos: Para acceder a la tarifa plana no debes haber cotizado en ese régimen al menos durante dos años antes (antes eran 5 años). Y si ya te beneficiaste en algún momento de la tarifa plana, podrás volver a hacerlo después de tres años sin cotizar en el Régimen de Autónomos.
- Autónomos que emprenden de nuevo con tarifa plana: Si te diste de baja de autónomos y hace ya tres años, puedes volver a acogerte a la tarifa plata delRégimen Especial de Autónomos (RETA).
- Bajas de maternidad y paternidad: Como hemos adelantado anteriormente los padres autónomos que vayan a disfrutar de la baja en 2018 verán bonificada el 100% de la cuota
- Tarifa plana para mujeres incorporadas después de la maternidad antes de dos años del cese en los casos acreditados de : maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, tutela
Deducciones fiscales de gastos para autónomos
- Deducción suministros: a partir de ahora (antes no era posible) se podrá deducir el 30% en el IRPF de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad
- Gastos por manutención: Podrá deducirse 27,27 euros diarios (48 euros en el extranjero) en concepto de gastos de dietas siempre que se justifique que corresponden al desarrollo de la actividad económica y se disponga de la corresondiente factura legal
Nuevo sistema de cotización autónomos
- Pago por días de alta: Se cotizarán los días efectivos de alta, antes debía abonarse todo el mes. Sólo podrá efectuarse tres veces año. A partir de la cuarta alta se cotizará el mes completo.
- Cambios de base de cotización cotización: Ahora hay cuatro plazos para cambiar la base (antes 2)
- Hasta el 31 de Marzo: Se aplicará el 1 de Abril
- Hasta el 31 de Junio: Se aplicará el 1 de julio
- Hasta el 30 de Septiembre: Se aplicará el 1 de octubre
- Hasta el 31 de Diciembre: Se aplicará el 1 de Enero
Conclusión:
En el 2018 entran en vigor muchas novedades largamente solicitadas por los colectivos de autónomos; aunque aún quedan muchas otras pendientes para llegar a equiparar, de algún modo, la modalidad de cotización RETA de los casi tres millones de trabajadores autónomos, con la regulada en el Régimen General de la Seguridad Social.
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